La diputada provincial María Cristina Solis, del Bloque Justicialista, presentó un proyecto de ley de coparticipación municipal que pretende asegurar a los municipios su autonomía financiera en el gasto público municipal.
“Consideramos necesaria la discusión y aprobación de esta Ley, ya que a la fecha el Poder Ejecutivo distribuye la masa coparticipable sin una norma reguladora y por ende en forma discrecional, un mecanismo nada saludable para la fortaleza de las instituciones de la democracia”, explicó la autora de esta iniciativa.
Refirió además que la existencia de un instrumento de esta naturaleza será visiblemente positivo para los gobiernos municipales, que podrán llevar delante de manera adecuada y eficaz sus funciones, planificando y ejecutando políticas públicas a corto, mediano y largo plazo.
Solís apuntó que “esta es la manera concreta de consolidar el federalismo puertas adentro, y garantizar a los municipios autonomía política y económica, tal como lo establecen las constituciones Nacional y Provincial”.
En esa línea argumental, la diputada justicialista mencionó uno de los artículos de la Constitución de la Provincia – el 83 del Régimen de Coparticipación- que indica que los municipios participarán de la recaudación de los tributos provinciales, como así también de los recursos provenientes del régimen de coparticipación impositiva que se acuerda con el Gobierno Nacional, y que su distribución se efectuará conforme a la ley.
Asimismo, indicó que en el proyecto en cuestión se plantea que la masa de fondos a distribuir estará integrada por el producido de la recaudación de la suma que reciba la provincia en concepto de lo normado por la Ley N° 23.548 -Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las provincias; y los importes que recaude la provincia en concepto de Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Lotería y Espectáculos Públicos, entre otros.
Solís insistió en la importancia de establecer una ley de coparticipación municipal, atendiendo a que son los municipios la unidades primarias de las comunidades organizadas, y sus miembros los fieles custodios de que los dineros que se recauden sean destinados a los fines específicos.