La senadora nacional Silvia Giacoppo (UCR/Jujuy) ha presentado una iniciativa por la cual se establece, en todo el país, un servicio de telegrama y carta documento gratuito para el remitente en los casos que deban efectuar un reclamo.
El proyecto presentado por Giacoppo, establece “en todo el territorio de la República Argentina un servicio de telegrama y carta documento para los usuarios y consumidores absolutamente gratuito para el remitente”.
“Resulta necesario, al momento de la defensa del consumidor y usuario frente a la vulneración de sus derechos por parte del proveedor, brindar una herramienta que garantice el efectivo cumplimiento de tales derechos”, indica Giacoppo.
La senadora nacional señaló que “es primordial ofrecer a los usuarios todos los medios y garantías para la protección de sus derechos frente a las empresas”.
La iniciativa destaca que la norma será efectiva para el usuario y consumidor o por las asociaciones de consumidores y usuarios para cualquier comunicación dirigida a un proveedor -en los términos del artículo 2º de la ley de Defensa del Consumidor- que deban efectuar un reclamo vinculado a una relación de consumo dirigida al proveedor con la relación de consumo entre éste y el consumidor y/o usuario denunciante.
La norma establece que ”las oficinas de correo, desde la cual se despachen los instrumentos mencionados en esta ley, los recibirá y expedirá sin dilación alguna aun en caso de dudas sobre la condición invocada por el remitente o sobre el carácter del texto a remitir -sean estos correos oficiales o privados- y el gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será cargado, mediante el sistema sin previo pago, a la cuenta de la Subsecretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Producción de la Nación o la que en el futuro la remplace”.
Señala la senadora que “en la vida diaria el elevado precio de las cartas documentos en los correos desalienta a muchos usuarios y consumidores a efectuar el reclamo por sus derechos, quedando entonces indefensos frente a eventuales abusos que pueden sufrir.
Por ello, resulta una obligación del Congreso resguardar las necesidades y los derechos de estas personas a fin de lograr que sus reclamos resulten fehacientes”.
“No cabe duda de que a la hora de intimar es indispensable contar con una notificación fehaciente, por lo que la carta documento resulta necesaria al momento de la defensa del consumidor frente a la vulneración de sus derechos por parte del proveedor.
Y no podemos olvidar que el estado tiene el imperativo constitucional de brindarle al más débil de la relación de consumo, todos los instrumentos posibles para garantizar el efectivo cumplimiento de tales derechos”, concluye Giacoppo.
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