La senadora nacional por Jujuy, Silvia Giacoppo (UCR/Juntos por el Cambio), presentó un proyecto por el cual se declara de interés nacional el uso de la Pulsera de Alerta Médica en todo el territorio de la República Argentina para todas aquellas personas con enfermedades crónicas o degenerativas u otras afecciones que pudieran colocarlo en una situación de emergencia.
El texto de la legisladora jujeña indica que “a los efectos de esta ley se entiende por Pulsera de Alerta Médica a todo dispositivo en forma de pulseras, tobilleras, colgantes o de cualquier otra forma, que contengan información sobre las afecciones médicas de su propietario”.
“El objeto de la ley -señala Giacoppo- es difundir en el territorio nacional el uso de pulseras, tobilleras, o colgantes para que actúen de alerta médica ante cualquier emergencia que pudieran tener, especialmente en la vía pública, las personas con enfermedades crónicas o degenerativas u otras afecciones”.
“La utilización de estos dispositivos resulta de gran importancia para preservar la salud, e incluso salvar la vida de quienes tengan cualquier enfermedad por la que pudieran estar en estado de inconsciencia, porque contendrán la información médica necesaria para poder ser utilizada en el momento preciso por el personal y efectores de salud que pudieran intervenir ante una situación de emergencia”, agrega.
Por tratarse de una cuestión de salud pública este proyecto también tiene por fin que la autoridad de aplicación regule, con resguardo al derecho a la intimidad, todo lo referido a la forma, tipo y contenido de estas pulseras, y a su fabricación, distribución y venta, para que su empleo resulte verdaderamente efectivo a la hora de preservar la salud y la vida de quien lo utilice.
“No podemos olvidar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación entiende que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana, que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional y a partir de ello y de lo dispuesto en los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional, nuestro máximo tribunal de justicia reafirmó el derecho a la preservación de la salud, comprendido dentro del derecho a la vida, y la obligación impostergable que tiene la autoridad pública de garantizar ese derecho con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de la llamada medicina prepaga”, destaca en sus fundamentos.
Señala el texto de la iniciativa que “la difusión acerca de la importancia del empleo de estos dispositivos identificatorios y el ordenamiento de su forma y contenido por parte del Estado cumplirá, sin duda alguna, con la manda constitucional de realizar acciones positivas para la salud de su población”.
En la actualidad se pueden encontrar en los portales de venta por internet pulseras, colgantes, brazaletes, medallas, de todo tipo y forma, para que el usuario identifique su enfermedad. Así, se ofrecen desde dispositivos que son una simple chapa con el nombre de la patología hasta pulseras electrónicas con código QR, del que se puede descargar la historia clínica del paciente, concluye.
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