Insisten en limitar la responsabilidad penal de los médicos durante la pandemia

La diputada nacional Carolina Moisés (FdT Jujuy) consideró que “es urgente aprobar” el proyecto de ley de su autoría que propone limitar la responsabilidad penal a médicos e integrantes del equipo de ...

La iniciativa plantea la modificación del Código Penal y  ya cuenta con el respaldo de diversas sociedades científicas y entidades médicas.

“Hay una costumbre argentina de ser declarativo en nuestros valores, y así salimos a aplaudir a los médicos, los felicitamos, les ponemos tweets y los periodistas los alaban, pero la realidad es que hoy los médicos están poniendo el cuerpo y el alma, ponen en riesgo su propia vida y la de sus familias y nosotros como sociedad no podemos cargarles la responsabilidad penal individual que está establecida en el Código Penal”, dijo la legisladora en diálogo con Crónica TV.

El proyecto establece que no serán punibles los procedimientos médico-asistenciales realizados en el marco de la pandemia de COVID-19 y de la emergencia sanitaria declarada por el decreto 260/2020, que sean objeto de denuncias, acusaciones y/o imputaciones penales, y no configurarán “en ningún caso los delitos tipificados en los artículos 106°, 202° y 203° del Código Penal”, tanto en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, mientras dure la emergencia sanitaria dictada por la pandemia.

“El proyecto busca proteger a los médicos y al equipo de salud de forma concreta. Hoy la legislación penal establece las distintas penas por los casos de negligencia o de mala praxis, y nosotros entendemos que en esta situación tan extraordinaria que estamos viviendo, con una escena en la cual la propia enfermedad es compleja y en la que puede llegar a haber limitantes en los equipamientos y demás, buscamos que los médicos no sean objeto de denuncias, imputaciones o acusaciones”, señaló la diputada jujeña.

“Hoy en Jujuy hay más de siete médicos enfermos y también muchísimo personal de enfermería, lo que en las grandes ciudades se multiplica. Los médicos extreman los recaudos necesarios para cuidarse y cuidar a los demás, pero muchas veces en esta pandemia de tan alta transmisibilidad comunitaria, no alcanza con extremar los cuidados y no es suficiente el equipamiento que hay disponible para atender a los pacientes”, describió la legisladora oficialista.

La norma presume que las acciones realizadas por los profesionales y el personal de la salud quedan comprendidas en los supuestos del artículo 34°, inciso 3° y 4° del Código Penal, por los que no son punibles “el que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido extraño” y “el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”, salvo que se acredite el dolo del sujeto y/o su intención deliberada de propagar la pandemia del coronavirus Covid-19, o de abandonar a una persona.

“Buscamos proteger a quienes hoy están más expuestos, corriendo riesgo con sus vidas, para que además no tengan que cargar con la preocupación en cuanto a la responsabilidad en el caso de que estén tratando específicamente casos COVID y mientras dure la emergencia sanitaria”, explicó Moisés.

“Queremos que los médicos y el personal que atiende las complejidades de la pandemia estén protegidos por ley, ya que son quienes tienen que tomar decisiones en esta emergencia con respecto a los respiradores, al equipamiento y a los propios tratamientos”, amplió la diputada.

El proyecto de ley 2956 D 2020 fue presentado en la Cámara Baja a mediados de junio, y ya cuenta con las adhesiones expresas de la Confederación Médica de la República Argentina (COMRA); Sociedad Argentina de Infectología (SADI); la Red Integrada de Médicos Argentinos (REDIMA); la Asociación Cirujanos Plásticos de Buenos Aires (ACPBA); el Colegio de Médicos Distrito I; la Concertación de Entidades Médicas Independientes Bonaerenses (CEMIBO); la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora (SACPER); la Agremiación Médica Platense; la Asociación Austral de Oftalmología; la Sociedad de Oftalmologia de Mar del Plata (SOMDP) y el Círculo Médico de Rivadavia.

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