. Este fallo pone fin al octavo mandato consecutivo de Gildo Insfrán, quien lleva más de tres décadas en el poder.
La decisión del tribunal responde a un amparo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que cuestionó la legitimidad del mandato 2023-2027 de Insfrán. Los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz concluyeron que la disposición provincial contradice los principios republicanos consagrados en la Constitución Nacional.
En su fallo, Rosatti y Maqueda sostuvieron que Formosa debe reformar su constitución para ajustarse al sistema republicano de gobierno. Lorenzetti, en un voto alineado, destacó que la personalización prolongada del poder debilita los controles democráticos. Rosenkrantz fue más categórico: declaró inválido el actual mandato de Insfrán y señaló que su permanencia en el cargo contradice el artículo 5° de la Constitución Nacional.
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Gildo Insfrán inició su carrera política como vicegobernador en 1987, cuando la constitución provincial no permitía reelecciones. Durante su mandato, una reforma constitucional habilitó la posibilidad de reelecciones alternadas entre gobernador y vice, con un intervalo de un período. En 2003, una nueva reforma eliminó estos límites, permitiendo reelecciones indefinidas.
Desde 1995, Insfrán ha ocupado de manera ininterrumpida el cargo de gobernador. De completar su mandato actual, habría alcanzado 40 años al frente del Ejecutivo formoseño, un hecho que los jueces calificaron como incompatible con los principios republicanos.
El tribunal destacó que habilitar reelecciones ilimitadas socava la separación de poderes y debilita la democracia. Según el fallo, la perpetuación en el poder genera ventajas desleales en las contiendas electorales y fomenta prácticas autoritarias.
Rosenkrantz se refirió al precedente de San Juan, donde la Corte también limitó las reelecciones indefinidas. Citó que la acumulación de poder erosiona significativamente el principio de la separación de poderes. En tanto, Lorenzetti enfatizó que la periodicidad de los mandatos y la alternancia en el poder son pilares del sistema republicano.
El fallo obliga a modificar el artículo 132 de la Constitución de Formosa, que permitía las reelecciones sin límite. Sin embargo, los jueces aclararon que no corresponde a la Corte definir cuántas reelecciones son razonables, sino garantizar que estas se ajusten a los principios de la Constitución Nacional.
Con esta decisión, la Corte reafirma la importancia de la alternancia y la limitación del poder como elementos esenciales para preservar la democracia y evitar derivas autoritarias. Formosa enfrenta ahora el desafío de adaptar su normativa para garantizar un sistema republicano pleno y transparente.
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