Categorías: Política

El Presidente anunció la extensión de las restricciones hasta el 21 de mayo y la suspensión de clases presenciales en zonas de “alarma”

El presidente Alberto Fernández anunció esta mañana que las restricciones aplicadas hace dos semanas ante el aumento de casos de coronavirus en el país se extenderán por lo menos hasta el 21 de mayo.

También se mantendrá la suspensión de clases presenciales en los distritos de alto riesgo epidemiológico, como el AMBA.

“Estas medidas han demostrado un buen resultado; si no lo hubiéramos hecho, la curva hubiera seguido creciendo y el sistema de salud estaría más tensionado”, argumentó en un anuncio grabado que fue difundido esta mañana.

No obstante, el mandatario remarcó que aún “la situación epidemiológica en el AMBA es crítica”, igual que en otros lugares del país, e indicó: “Necesitamos una reducción de casos más marcada y sostenida y las próximas semanas pueden llegar a ser muy duras en la ocupación de camas de terapia intensiva, por lo tanto debemos seguir con las medidas para que todos puedan acceder a las medidas sanitarias que se necesitan y merecen”.

“Debemos bajar la cantidad de contagios para bajar la tensión del sistema sanitario y ser solidarios con los trabajadores de la salud que hacen un gran esfuerzo cada día”, dijo Fernández. Y admitió: “Sé que es un gran esfuerzo para cado uno y cada familia, comprendo las dificultades económicas y educativas, entiendo muy bien la situación de cada familia”. No obstante señaló que para su gobierno “la primera prioridad es proteger la salud y la vida”.

En ese sentido, anunció que se tomarán “medidas adicionales de restricciones en lugares donde hay una alta proporción de contagios: se establece suspender reuniones en domicilios particulares y prohibir la apertura de casinos y discotecas, bares y restaurantes hasta las 23 y no se podrá circular entre las 0 y 6 de la mañana de cada día”.

Por otra parte, Fernández informó que en los próximos días enviará un “proyecto de Ley al Congreso de la Nación para que en función de criterios científicos claros y precisos se faculte al Presidente de la Nación y a los gobernadores a tomar restricciones y medidas de cuidado durante esta situación excepcional”.

Dijo que el sentido de ese proyecto es ratificar su “vocación de diálogo” y argumentó: “la pandemia nos exige una inmensa responsabilidad. Y es la política quien debe tomar las decisiones y encontrar las respuestas al desafío que enfrentamos. Esto es mi responsabilidad y es nuestra tarea colectiva”.

Al finalizar su discurso, convocó a los ciudadanos a “redoblar los cuidados y la vacunación en las próximas semanas”.

Las medidas

Si bien Fernández dijo que la cantidad de casos ha bajado, explicó que las restricciones obedecen a tres 3 factores: la cantidad de casos; la incidencia de los mismos (cantidad de casos sobre población) y la ocupación de camas de las unidades de terapia intensiva (UTI). El mandatario, además, recalcó que la zona del AMBA está en la máxima categoría, de alarma epidemiológica alta.

El presidente habló sobre las nuevas medidas recordando que cada distrito las aplicará de acuerdo al llamado semáforo epidemiológico, que consta de cuatro categorías: situación de riesgo bajo (distritos en fase 1); situación de riesgo medio (fase 2); alto riesgo epidemiológico y sanitario (fase 3); alarma epidemiológica alta (fase 4).

Así, estas son las medidas generales en todo el país:

Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
En zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio:

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
En zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico

Se prohíben reuniones sociales
Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
Se mantendrán cerrados casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

Deportes: la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
Horario de cierre del sector gastronómico: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Circulación: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.
Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

Actividades suspendidas:

Se mantendrán cerrados centros comerciales, shoppings, casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
Restricción en ámbito educativo: Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
Deportes: se prohíben los deportes grupales.

Horario de cierre del sector gastronómico: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
Transporte público: solo para esenciales y autorizados.

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