Lo hace en el marco de la emergencia ocasionada por la pandemia del Covid-19, a partir del 2 de septiembre de 2020 conforme lo estipulado y ordenado en las Acordadas 27/2020 y su protocolo anexo y 80/2020
Así lo resolvió mediante Acordada N°85/2020, considerando la necesidad de normalizar la actividad judicial teniendo en cuenta que el Gobierno Provincial ha dispuesto la habilitación de las actividades institucionales y comerciales que tengan aprobado los protocolos de bioseguridad.
En la Acordada de referencia se establecen las medidas sanitarias y de protección del personal y usuarios del Poder Judicial para el desarrollo de la actividad; como así también las dos modalidades en que el personal prestará servicios: con concurrencia a los lugares de trabajo y a distancia.
Plazos procesales y audiencias
Con respecto a los plazos procesales, que se encontraban suspendidos, se reanudarán desde el día 14 de septiembre de 2020.
Las audiencias ya fijadas, y a fijarse en adelante, se reprogramarán para ser cumplidas en horario vespertino. Con excepción de las declaraciones testimoniales, los jueces podrán llevar adelante audiencias de conciliación y reuniones de trabajo a través de sistemas de video conferencias.
Los jueces del fuero penal deberán reducir al mínimo posible los traslados de personas privadas de la libertad a los estrados judiciales, debiendo el personal policial y del servicio penitenciario dar estricto cumplimiento a las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria a fin de evitar riesgos para aquellas y éstos.
Prioridad de trámite
Las partes podrán, de común acuerdo y con aprobación del juez, realizar actos que tengan por finalidad la prosecución del proceso.
En ese orden, tendrán prioridad los actos procesales que permitan el avance de procesos de alimentos; habeas corpus, amparo por derechos fundamentales de las personas, y pedidos relativos a la libertad de procesados y condenados, como así también el libramiento de órdenes de pago de cualesquiera naturalezas.
Horario de atención
El horario de atención a profesionales y público en general, transitoriamente, será 8.30 a 12.30; en tanto los jueces del Fuero Penal, de Violencia de Género y de Menores en turno, podrán extender los horarios de funcionamiento de acuerdo con los requerimientos del servicio y situación de las personas involucradas.
Digitalización de los procesos judiciales
Por instrucción del Superior Tribunal de Justicia, el Departamento de Sistemas y Tecnologías de la Información continuará con el desarrollo, puesta en marcha de los sistemas de digitalización de procesos, reemplazo del soporte papel, tecnología de las comunicaciones, trabajo en entorno virtual, soporte virtual de archivos, interacción con los operadores y usuarios, y demás estrategias de modernización compatibles con lo dispuesto en Acordadas 73, 78 y 79 del presente año; con resguardo pleno de las debidas seguridades en el tráfico de datos y particular aplicación a los distintos fueros y oficinas, y continuar con las capacitaciones ordenadas oportunamente.
Medidas sanitarias y uso de herramientas informáticas
Se entiende comprendida en las medidas sanitarias todas aquellas que tiendan a disminuir la afluencia de público a las oficinas judiciales, como así evitar reuniones o condiciones de trabajo en los que no se guarde la distancia social y física convenientes.
Sobre el particular, se solicita a los abogados, procuradores y demás auxiliares de justicia; como así al público en general a concurrir a las oficinas del Poder Judicial solo para realizar actos urgentes e indispensables haciendo uso de las herramientas informáticas puestas a disposición por el Poder Judicial por medio de las Acordadas Nº 73/2020, 78/2020, 79/2020 y Resolución de Presidencia del Superior Tribunal de Justicia N° 53/2020 a través del Sistema de Gestión Judicial.
En ese sentido, se hace saber que en todos los edificios se habilitará solamente una puerta para el ingreso en la que permanecerá personal de seguridad encargado del cumplimiento de las disposiciones establecidas, en tanto el acceso a los mismos será sin acompañantes en lo posible.
En todos los casos, se procurará mantener las distancia social y física aconsejada por las normas de higiene y salubridad; el uso de máscaras protectoras, y el aseo permanente de manos, y lugares y elementos de trabajo.
Del mismo modo se recuerda la obligatoriedad del uso de barbijos, advirtiendo que dicho requisito será indispensable para el acceso a cualquiera de los edificios del Poder Judicial.
Personal con síntomas compatibles con Covid-19
El Superior Tribunal de Justicia ratificó la obligación por parte de magistrados, funcionarios y empleados de comunicar inmediatamente al Departamento Médico del Poder Judicial todos aquellos casos de personas con síntomas compatibles con Covid-19, como así también aquellas personas que hubiesen tenido contacto estrecho con casos sospechosos o que se encuentren dentro de los grupos de mayor contagio.
Además, recordó la disposición que aquel personal cuyo domicilio se encuentre fuera del ejido de San Salvador de Jujuy o de San Pedro de Jujuy y necesite el transporte público para su traslado, debe informarlo para eximirlo a concurrir a prestar tareas de manera presencial.
La Acordada N° 85/2020 como así también las citadas en la misma, pueden ser consultadas en la página del Poder Judicial en internet www.justiciajujuy.gov.ar
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy