El juez Martín Cormick anuló la designación de la radical Roxana Reyes en el Consejo de la Magistratura

El fallo se refiere al mandato ya cumplido de la legisladora, pero la sentencia dice que, a futuro, la UCR y Pro no pueden aspirar a tener dos bancas diferentes y les corresponde una sola porque compitieron juntos en las elecciones
Consejo de la Magistratura
Roxana Reyes, diputada de la UCR

La pelea por la integración del Consejo de la Magistratura no se limita a la silla que se diputan los senadores. El juez en lo contencioso administrativo Martín Cormick anuló este lunes la designación para el Consejo de la diputada radical Roxana Reyes y dijo que no corresponde asignarle a ella una banca cuando Pro, aliado a su partido, ya tiene una.

El fallo se refiere al mandato ya cumplido de la legisladora, pero establece que la UCR y Pro deben considerarse como una sola fuerza a los efectos de nombrar representantes en el órgano que selecciona y controla a los jueces. Según el criterio de Cormick, también estuvieron mal designados los nuevos representantes del Consejo de la Magistratura, a los que la Corte Suprema, la semana pasada, ordenó que se les tome juramento en una ceremonia para la que todavía no se fijó fecha.

Cormick hizo lugar a una acción de amparo presentada por el presidente del bloque oficialista de la Cámara de Diputados, Germán Martínez, y dijo que a Reyes no le correspondía ocupar el lugar destinado a la segunda minoría de esa cámara.

El fundamento fue que la UCR y Pro fueron en la misma lista en las elecciones entonces no pueden aspirar a bancas que, por ley, deben asignarse a bloques distintos. “De otorgarle un integrante al bloque constituido por el Pro, y otro integrante al bloque UCR, se estaría vedando de participar a la real segunda minoría de la Cámara, cometiéndose una situación, de hecho, similar a la analizada por la Corte en el fallo citado [el fallo que anuló la designación del kirchnerista Martín Doñate]. Ello, porque los miembros de los bloques Pro y UCR han constituido, de hecho, parte de la misma lista de candidatos a ser votada, tanto en 2021 como previamente en 2019. Por lo tanto, se le estaría asignando una doble representación cuando la ley es clara en cuanto busca representar a tres espacios políticos diferentes”, afirma el fallo.

El juez, en la parte resolutiva de su fallo, declaró nula “la resolución 689/22 la Presidencia de la Cámara de Diputados”, pero también “las que en lo sucesivo integren la segunda minoría con Partidos Políticos o Alianzas a las que ya les han sido asignados integrantes en mayoría o primera minoría”.

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