El Instituto de Seguros de Jujuy aclaró sobre el seguro de sepelio

El presidente del ISJ Pablo Giachino, el Vocal 2do Carlos Rodolfo Grosso y Juan Pablo Román Carniellis Gerente de Seguros, dieron detalles de la disposición.

Pablo Giachino se refirió al marco legal que respalda la implementación del servicio, recordando que se procedió de acuerdo a los artículos 30 y 31 de la Ley Orgánica del ISJ Nº 4282, la cual faculta a establecer un seguro de vida y de sepelio para todo el personal del sector público provincial que cubrirá los riesgos de muerte e incapacidad permanente total o parcial para el trabajo y los gastos de sepelio.

Señaló que el instrumento legal indica que esos seguros tendrán carácter de obligatorios e irrenunciables alcanzando a todos los funcionarios, magistrados agentes de los poderes del Estado, de la administración pública descentralizada, autárquica, empresas, sociedades del Estado y de los municipios, como así también, personal de planta permanente, contratados, jornalizados, supernumerarios o en carácter eventual.

Apuntó asimismo, que la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante Resolución Nº 37.149, autoriza al ISJ a operar en todo el territorio provincial en el ramo sepelio.

Por su parte, el vocal segundo de la obra social, Carlos Rodolfo Grosso, dijo que el seguro de sepelio es vía reintegro, esto implica que los beneficiarios se presentarán en la compañía funeraria de su confianza y pedirá el servicio y luego con una certificación que se le reintegrará el monto de manera inmediata.

El servicio comenzará a implementarse a partir del 1 de septiembre, por lo que se efectivizará el descuento por planilla de un monto de $94,56.
“Activamos este seguro, porque había una demanda muy grande de los sectores más carenciados y en los centros de jubilados”, explicó Grosso y precisó que “para llegar a este servicio tuvimos muchas reuniones especialmente con los sectores de los jubilados, por lo que entendemos es una función social que también debe cumplir el Estado”.

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