Categorías: Política

Amado Boudou seguirá cobrando su pensión no obstante su condena

Es de unos $420.000 mensuales. En la Justicia consideran que la condena por Ciccone no influye en que pueda seguir cobrándola.

El 18 de junio el Procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, firmó una resolución a través de la cual, restituyó la pensión de privilegio a Amado Boudou. Como resultado inmediato, la ANSES habilitó el pago de la pensión vitalicia pero se determinó que no la perciba de manera retroactiva. El desembolso de la asignación rondaría los $ 420.000. La semana pasada, la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra Boudou en el caso Ciccone, pero a pesar de eso seguirá cobrando su pensión. Fuentes judiciales explicaron que sólo quedó inhabilitado de por vida para cargos públicos, pero que esa medida no impide que continúe percibiéndola.

Como jefe de todos los abogados del Estado, Zannini revocó la resolución por la cual el Gobierno anterior había decidido no concederle a Amado Boudou el cobro de su pensión vitalicia como ex vicepresidente.

El debate es por los alcances de ley N° 24.018 sobre las jubilaciones vitalicias para los vicepresidentes de la Nación, a partir del cese en sus funciones. Para la administración de Mauricio Macri un condenado por perjudicar al Estado, como en otros países del mundo, no puedo cobrar una pensión del Estado. En cambio, para Zannini la ley dice que solo queda inhabilitado de cobrarla si el vicepresidente fuese removido por un juicio político del Congreso.

Durante la gestión anterior a través de una resolución oficial, la ANSES había dictaminado que Boudou no podía cobrar su pensión vitalicia como ex vicepresidente, ya que pesaba sobre él una condena por cinco años y diez meses de prisión con inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos por el caso Ciccone, y que por ese motivo no estaba en condiciones de recibir ese beneficio que le aseguraría cobrar mensualmente y de por vida unos $ 420.000.

En respuesta a un pedido de Boudou donde requirió la anulación de la resolución de la anterior gestión, Zannini indicó que la Oficina Anticorrupción, que dirigía Laura Alonso, “no sólo exorbitó su esfera competencial; también se apartó en forma palmaria, del texto de la norma aplicable”, ya que fue quien pidió que el ex vice no cobre más su pensión por estar condenado por corrupción. Así fue, que ordenó a la ANSES que restituya el pago de la pensión vitalicia que ronda los 420.000 pesos.

Zannini fue más allá y sostuvo: “Desde esa perspectiva, deviene inoficioso ingresar en consideraciones acerca de la eventual existencia de sentencias condenatorias –firmes o no- contra el licenciado Boudou”, agregó Zannini. La defensa sostenía entonces, que la condena no contaba con firmeza ya que la Corte no se había pronunciado al respecto, algo que ocurrió la semana pasada.

Con el fallo del máximo tribunal, se determinó la responsabilidad del ex vice de Cristina Kirchner en la maniobra de compra-venta de Ciccone, que investigó el juez Ariel Lijo y el fiscal Jorge Di Lello, quienes sostuvieron que Boudou buscó quedarse intencionalmente con la ex calcográfica, haciendo abuso de su poder como ministro de Economía y propiciando que su entorno se quedara con la firma con capacidad para imprimir papel moneda.

Como consecuencia inmediata del fallo, se fijó como fecha para la terminalidad de la condena el 1 de junio de 2024 y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. Sin embargo, fuentes judiciales señalaron que la sentencia del Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4) no «tiene competencia sobre la percepción de la pensión vitalicia, no es objeto del caso investigado y sobre el cual se falló».

Aquella condena leída en agosto de 2018 y que condujo nuevamente a prisión a Boudou, tuvo la confirmación por la Sala IV de la Cámara de Casación, máximo tribunal penal, fuentes allegadas al caso indicaron que la pensión vitalicia «va por otro carril, es una medida de la ANSES en función del cargo que Boudou detentó, un efecto de la condena, es a futuro, sin embargo la pensión es por su pasado y no está determinado en el fallo».

En base a la interpretación del fallo, nada impide que Amado Boudou continúe percibiendo su pensión como ex vicepresidente, algo que también indicaron desde su defensa. La confirmación del fallo del TOF 4 refiere al delito cometido: cohecho y negociaciones incompatibles, al tiempo de pena otorgado y asimismo, a la imposibilidad de volver a ejercer la función pública.

Entradas recientes

El Gobernador presenció y elogió el Festival del Buñuelo en El Carmen

Este domingo, el gobernador Carlos Sadir participó de la octava edición del Festival del Buñuelo,…

6 horas hace

Ciudad Emprendedora: Feria navideña para potenciar el talento local

La Municipalidad de San Salvador de Jujuy invita a la comunidad a participar de Ciudad…

13 horas hace

Alerta por tormentas: las 12 provincias afectadas y recomendaciones del SMN

Tras un sábado soleado y cálido en gran parte del país, el Servicio Meteorológico Nacional…

13 horas hace

Inmunoterapia y salud cardíaca: su impacto en pacientes oncológicos

Un reciente estudio ha revelado cómo ciertos tratamientos de inmunoterapia contra el cáncer pueden afectar…

13 horas hace

Viajar a Brasil. ¿Es necesaria la vacuna contra la fiebre amarilla?

Con la llegada del verano, Brasil se perfila como uno de los destinos favoritos para…

13 horas hace

Dólar barato: beneficiados y perjudicados en el modelo económico de Javier Milei

El establecimiento de un tipo de cambio bajo promete redefinir el panorama económico de Argentina,…

13 horas hace