El fallo fue dictaminado por el Tribunal con Función de Juicio integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig; secretaría a cargo de Silvana Anún y Juan Manuel Aróstegui.
Constituidos en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, los magistrados ordenaron mantener la modalidad de prisión domiciliaria del condenado, hasta tanto sea analizada por el Juez de Ejecución.
Asimismo, resolvieron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos de S.E.U a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Según la requisitoria de la Fiscalía, el ilícito que se le endilga al acusado ocurrió el día 26 de marzo de 2021, a horas 17:30 aproximadamente, cuando S.E.U, conduciendo un automóvil marca Volkswagen modelo Suran de color blanco -el cual utilizaba para realizar servicio de remis- se hizo presente en un domicilio de la localidad de El Carmen, con motivo de trasladar y regresar a su domicilio a la niña víctima, quien en esa oportunidad tenía 13 años de edad.
Una vez que la menor terminó de realizar tareas escolares en la casa de su compañera, al abordar el remis, en vez de dirigirse a su vivienda el sujeto la condujo hasta una zona descampada y no transitada de El Carmen.
Concluido el ataque, el remisero abordó el rodado para conducir a la menor de regreso a su hogar, oportunidad en que le manifestaba que “no llore, que tenía que estar agradecida y que si contaba lo sucedido le pasaría algo peor”.
Alegatos
Durante los alegatos, la fiscal Romina Núñez, solicitó la pena de 10 años de prisión para el imputado; a lo que adhirió la querella particular, representada por Víctor Carral y Gustavo Guerra Martínez.
En tanto, la defensa del acusado, ejercida por Gustavo Reynoso, pidió la absolución y en subsidio, la pena mínima establecida por el Código Penal y que se mantenga la prisión domiciliaria por las condiciones de salud que atraviesa su defendido en estos momentos.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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