Nueve años de cárcel para un hombre que abusó de dos niñas con las que convivía

El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a 9 años de prisión a F.A.C., por ser autor material y responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la situación de convivencia preexistente (varios hechos) y Abuso sexual simple agravado por la situación de convivencia preexistente (varios hechos), en concurso real”; hechos ocurridos en San Salvador de Jujuy

Así también, ordenó, que firme y consentida la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, en fechas sin precisar, el imputado convivía con dos niñas y la madre de las menores de edad, en la misma vivienda.
De esta manera, cuando una de las menores tenía aproximadamente 10 años de edad y su progenitora se encontraba trabajando por las noches, F.A.C. le quitaba su ropa interior y tocaba sus partes intimas. En otras ocasiones, colocaba a la menor completamente desnuda encima suyo, mientras él también estaba sin ropa, apoyando los genitales de la víctima sobre los suyos; situaciones que se repitieron en numerosas oportunidades.

Así también, en fechas sin precisar y en el mismo domicilio, aprovechando que la madre de las menores se iba a trabajar, el acusado hacía que la otra niña se sentara en sus piernas y tocaba todo su cuerpo por arriba y debajo de la ropa.

El Tribunal fue integrado por la jueza María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, y el juez Mario Ramón Puig, haciendo uso de las facultades previstas en Acordada Nº 71/08. En tanto, la secretaría estuvo a cargo de la Dra. Silvana Anun.
Como Fiscal, representante del Ministerio Público de la Acusación, se desempeñó el Dr. Leonardo Ariel Zazzali, quién pidió para el imputado la pena de 12 años de prisión.
La defensa técnica del enjuiciado fue ejercida por los doctores Federico Nicolás Llermanos y Carlos Alberto Ruiz, quienes solicitaron para su defendido la absolución lisa y llana o en subsidio la absolución por el beneficio de la duda.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

 

 

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