Muerte en la joyería de calle Guemes: Absuelto por el principio de la duda

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 absolvió, por aplicación del principio  de la duda, a Jorge Nelson Cadena Terán, quien llegó a juicio acusado como supuesto autor del delito de homicidio preterintencional.

 
El fallo de los jueces, doctores Luis Ernesto Kamada – presidente de trámite-, Antonio LLermanos y Gastón Mercau – habilitado-, fue dado a conocer hoy 10 de marzo a la mañana, al finalizar el juicio por el hecho ocurrido el 2 de mayo de 2013, en el interior de la joyería denominada “Rubí”, ubicada en calle Güemes Nº 803.
 
Allí se encontraban el propietario de la misma, Cadena Terán, y Juan Carlos Armeya, circunstancias en las que se habría producido una discusión entre ambos a raíz de un reclamo que este último  le formulara a Cadena Terán, generándose luego una pelea.
 
Ello provocó que Armeya golpeara contra una puerta de vidrio de la cual se habría desprendido un vidrio de considerables dimensiones que se le incrustó en la región lumbar, provocándole una herida con gran pérdida de sangre.
 
En un primer momento Armeya fue asistido por ocasionales transeúntes y luego por personal del SAME, falleciendo minutos después como consecuencia de la lesión.
Como Fiscal se desempeñó el Dr. Gustavo Almirón, la defensa técnica del enjuiciado Cadena Terán estuvo a cargo de los doctores Guillermo Vázquez y Julián Martín, en tanto el representante legal de los familiares del fallecido Armeya fue el Dr. Humberto Quispe Reyes.
 
Los fundamentos del fallo se darán a conocer a las partes dentro de los plazos legales establecidos, oportunidad en que el mismo podrá ser recurrido ante instancia superior al Tribunal enjuiciador. –
 
(Departamento de Prensa y Relaciones Públicas – Poder Judicial de Jujuy)
 

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