La denuncia que Mavys Álvarez realizó por abuso y trata de personas contra allegados del astro fue archivada por la Justicia federal. Sin embargo, su querella planteó que se realice un proceso para esclarecer los hechos
Por Federico Fahsbender
A mediados de 2021, Mavys Álvarez, oriunda de Cuba, llegó a la Justicia argentina para denunciar los hechos que había vivido más de 20 años antes con Diego Maradona y su entorno. En su denuncia, aseguró haber sido corrompida por el astro del fútbol durante sus días en su país cuando tenía 16 años. Luego, viajó a la Argentina, con la presunta colaboración del entorno más inmediato de Diego y la posible connivencia de funcionarios de Migraciones. Ya en Buenos Aires, un cirujano local le practicó una cirugía de implantes mamarios. Álvarez, representada por los abogados querellantes Gastón Marano y Marcela Scotti, presentó gran cantidad de pruebas que conservó. Había cartas donde Maradona le expresaba su “amor”, fotos donde se la veía en situaciones íntimas con el futbolista, incluso mostró imágenes de un encuentro de ambos con Fidel Castro.
Álvarez declaró ante la Justicia argentina. La denuncia que presentó incluyó una larga serie de delitos: reducción a la servidumbre, trata de personas agravada, incumplimiento de los deberes de funcionario público y/o cohecho, privación ilegal de la libertad, suministro de drogas a una menor de edad, ejercicio Ilegal de la medicina, lesiones y corrupción de menores.
Los acusados -Carlos Ferro Viera y Gabriel Buono- fueron sobreseídos, primero por un dictamen del fiscal Carlos Rívolo. En otros casos, como el de Omar Suárez, la querella desistió de acusarlos por falta de pruebas. Finalmente, en abril de 2022, la Sala II de la Cámara Federal confirmó la decisión y declaro extinta la acción penal. El motivo: prescripción del delito, el simple paso del tiempo.
Sin embargo, la última carta no está echada, al menos, no para Álvarez. Hace varios meses que sus abogados querellantes presentaron ante la Cámara en Comodoro Py un pedido rara vez visto y nunca antes concedido en los tribunales argentinos: requirieron un “juicio a la verdad” para esclarecer el caso, para que la Justicia diga si los acusados son culpables o inocentes.
Es un proceso que se llevaría a cabo con el mismo rigor que un juicio común, pero los acusados no recibirán una pena si es que son declarados culpables. El proceso, como su nombre lo indica, se trata de resarcir a la víctima mediante la verdad.
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El término cobró vigencia en los últimos días a causa del caso de Lucas Benvenuto, similar al de Álvarez. Benvenuto denunció por presunto abuso sexual al conductor y músico Jey Mammon, con una relación que habría comenzado cuando Benvenuto tenía 14 años y Mammon, 32. El fiscal Patricio Lugones razonó que los hechos -ocurridos en 2006, previos a la sanción de la ley de respeto a los tiempos de las víctimas- habían prescripto, con el plazo legal para investigarlos ya agotado. En su sobreseimiento al conductor, el juez Walter Candela mencionó brevemente y de forma difusa al “juicio a la verdad” y al derecho de la víctima a una tutela jurídica efectiva. Benvenuto descree de esa posibilidad, no cree en un juicio sin condena para el hombre al que acusó de abuso, aunque Mammon cargaría con la marca de ser culpable de un delito aberrante. La querella de Álvarez piensa distinto.
En su escrito, Marano y Scotti pidieron que “en caso de confirmarse la prescripción de la acción penal, se habilite un proceso de determinación de la verdad”, según dice el texto de la querella al que accedió Infobae. “Corresponde aplicar retroactivamente el régimen actual, artículo 67 del Código Penal, para garantizar el derecho de las víctimas a la tutela judicial efectiva –que fue el espíritu que guio las sucesivas reformas del Código Penal al respecto– y acordar al régimen un significado y alcance compatible con los tratados de derechos humanos vigentes. La jurisprudencia de la Corte Suprema impone el análisis concreto de cada caso y no la aplicación rígida y abstracta de la normativa”, continuaron: “La víctima no cuenta con los recursos necesarios para averiguar la verdad por sí sola y, salvo que el Estado recepte su pedido, dicha verdad caerá en el olvido”.
El abogado Marano, que logró la condena a Jonathan Fabbro al representar a la víctima, ahijada del jugador, asegura a este medio:
‘En los casos de abuso de niños y niñas, debido a que por su vulnerabilidad las víctimas tardan años, incluso décadas en sanar y poder denunciar, muchas veces se consagraron impunidades que permitieron que los abusadores sigan actuando. Para los casos en que estos delitos están prescriptos, el sistema judicial está desarrollando anticuerpos contra la impunidad. Esos anticuerpos toman la forma de ‘juicios por la verdad’. Es cierto que no pueden terminar en una pena, pero permiten que la víctima se empodere contando su historia, siendo escuchada. Muchas veces es más importante para la víctima ser escuchada que ver tras las rejas a su abusador”.
El derecho a un juicio a la verdad ya fue concedido por los tribunales argentinos en la historia reciente. La Sala III de la Cámara Criminal y Correccional porteña lo otorgó en 2018, en el caso de la violación de un menor de 12 años. Lo mismo hizo la Sala I de la Cámara marplatense en un expediente que data de 2021, donde se denuncian abusos ocurridos 25 años atrás.