El juez Pablo Pullen Llermanos además impuso como regla de conducta a los tres condenados la fijación de residencia, la cual deberá ser mantenida y/o comunicada su modificación a la autoridad; someterse al cuidado y vigilancia del Patronato de Liberados y Encausados; la obligación de no consumir sustancias prohibidas; no cometer nuevos delitos y realizar tratamiento de rehabilitación por uso de estupefacientes.
La resolución fue dictada el pasado 10 de octubre del corriente año, mediante juicio abreviado, en una audiencia oral que se desarrolló por vía remota a través de video conferencia por medios informáticos en la plataforma de la Oficina de Gestión Judicial, con la participación del magistrado Dr. Pullen Llermanos, el Fiscal habilitado en la Unidad Fiscal de Narcomenudeo Dr. Walter Rondón, los acusados junto al Defensor Oficial Penal Dr. Mario Orlando Contreras, y el secretario del Juzgado Dr. Ricardo Grisetti.
Los hechos
El 7 de octubre del presente año, alrededor de las 18:40 horas, un transeúnte se acercó a un móvil policial y le manifestó a un oficial que en el cancha de fútbol conocida como la «Sopera», ubicada en el sector Éxodo al final de calle Río Blanco de Alto Comedero, se encontraban tres personas vendiendo droga.
El personal policial se dirigió al lugar y observaron a dos mujeres y a un hombre, sentados en la mitad de la cancha. Al interceptarlos los tres tomaron una actitud nerviosa y tuvieron intenciones de retirarse del lugar, por lo que fueron demorados.
En presencia de testigos, se realizó la requisa a las tres personas, hallándose en poder del sujeto una billetera con $19.620 en efectivo, un teléfono celular, una balanza digital de mano de color gris, un colador gris, y demás elementos personales como DNI, tarjeta sube y papeles de un rodado moto-vehículo.
En cuanto a las mujeres, la primera tenía en su posesión cuatro envoltorios de plástico y un envoltorio de papel de formato rectangular con clorhidrato de cocaína y/o pasta base, un teléfono celular, un envoltorio plástico transparente con marihuana y $4.250.
La segunda mujer no portaba elementos de interés para la causa, en cuanto a sustancias ni teléfonos.