El Tribunal en lo Criminal Nº 2 absolvió, por el beneficio de la duda, a César Ezequiel Simplicio y un menor de edad, que fueron enjuiciados como supuestos coautores del delito de Homicidio simple.
El pronunciamiento de los jueces Antonio Llermanos –presidente de trámite -, Luís Ernesto Kamada y Claudia Cecilia Sadir, fue dado a conocer hoy, 22 de agosto, tras la exposición de los alegatos de la Fiscal, Dra. Silvia Farall, quien solicitó la pena de diez años de prisión, y de los Defensores Oficiales, pertenecientes al Ministerio Público de la Defensa Penal, Dr. Juan Pablo Canetti , por César Simplicio, y Dr. David Troncoso, por el menor de edad, que solicitaron la absolución de los acusados.
Como se recordará, en el juicio se debatieron los hechos ocurridos entre las 23 horas del 12 de agosto de 2017 y las 3.30 horas del día siguiente, cuando los acusados se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas en compañía de uno de sus hermanos, Juan Alexis Simplicio, en una habitación de una vivienda ubicada en el barrio Loteo Municipal de la ciudad de Fraile Pintado.
Alrededor de las 3.30 horas, César Simplicio se dirigió al cuarto donde dormían sus otros hermanos y su madre, a quien despertó para que fuera a ver a Juan Simplicio que yacía en la cama, boca arriba, y aparentemente sin signos vitales.
Al no obtener información por parte de sus hijos de lo que había ocurrido, la mujer se dirigió, acompañada de una de sus hijas, al hospital local en busca de ayuda.
Tras regresar a la vivienda en compañía de una enfermera, quien constato que la victima se encontraba sin vida, se le dio inmediata participación al personal de la Seccional 40 de esa localidad, quienes al constituirse en el lugar, encontraron en el piso y sobre la cama junto a Juan Simplicio, dos pedazos de cordón tipo trenza, de color blanco.
Posteriormente, la autopsia determinó que la victima había fallecido producto de asfixia mecánica.
El veredicto fue leído por la secretaria del Tribunal en lo Criminal Nº 2, Dra. Silvia Meriles Lello, quien hizo saber a las partes que los fundamentos de lo resuelto por los jueces se darán a conocer dentro de los plazos establecidos por el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual, la sentencia podrá ser recurrida en una instancia superior.