En Sesión Extraordinaria, el Consejo Provincial de Seguridad Vial decidió la prórroga por 90 días corridos a partir del 31 de diciembre de 2020 del vencimiento de las licencias de conducir.
La medida está contemplada en la Resolución N°1 del Consejo Provincial de Seguridad Vial y publicada en el Boletín Oficial N° 152 del 30 de diciembre último.
Con esta determinación avalada por los organismos provinciales y municipios que participaron de la asamblea, cuya convocatoria fuese oportunamente realizada a todas las municipalidades y comisiones municipales, se buscó desde el organismo rector provincial en materia de seguridad vial y natural representante de la Provincia de Jujuy ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Consejo Federal de Seguridad Vial, y ante la realidad de que no todos los municipios cuentan con un eficaz sistema de asignación de turnos vía web o de carácter presencial, que también debieron salvarse disposiciones administrativas (decretos u ordenanzas) que omitieron períodos de vencimientos o no fueron dictados oportunamente, que muchos municipios para esta época también tienen limitaciones operativas por el período vacacional, evitarles contratiempos a los ciudadanos titulares de licencias de conducir de todas las categorías que especialmente circulan fuera del territorio provincial en esta época del año.
La resolución de prórroga emitida ya fue debidamente informada y cargada en los sistemas de la ANSV e informada al Consejo Federal de Seguridad Vial para que las restantes 23 provincias del país tomen conocimiento y los conductores jujeños puedan circular tranquilamente por el territorio nacional.
La parte resolutiva textualmente expresa:
ARTICULO 1: Por lo expuesto en el exordio, en atención a las Disposiciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y conforme a las facultades conferidas por el Consejo Provincial de Seguridad Vial prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional por 90 (noventa) días corridos, contados a partir del 31 Diciembre 2020, la vigencia de las Licencias de Conducir emitidas en los Centros de Emisión de Licencia de Conducir de la Provincia de Jujuy, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de Febrero de 2020 y el 31 de Diciembre del mismo ano.-
ARTICULO 2: Excepcionalmente, se acepta la prorroga establecida por la Municipalidad de San Salvador de Jujuy cuyo vencimiento se extiende hasta el 30 de abril de 2021 conforme Decreto N° 1499.20.040.-
ARTICULO 3: En atención a lo dispuesto en los artículos precedentes, remítase copias a la Agencia Nacional de Seguridad Vial para que registre en el sistema informático del Sistema Nacional de Licencia de Conducir (SINALIC) y al Consejo Federal de Seguridad Vial.-