En referencia al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la resolución dispone considerar en término la presentación (Sideju Web y DIU) y pago de declaraciones juradas referidas al 6º anticipo periodo 2020, contribuyentes del Régimen General local (SITI y SIR) hasta el día 03/08/2020.
Con respecto al Impuesto de Sellos, suspende los plazos que estuvieren corriendo para aquellos instrumentos con vencimientos a partir del 22/07/2020 y hasta el 03/08/2020 inclusive.
Asimismo, suspende el curso de intereses resarcitorios y de las multas, en aquellos instrumentos cuyo vencimiento operaba con anterioridad al 22/07/2020, desde esa fecha y hasta el 03/08/2020. Se aclara que estas medidas son aplicables para liquidaciones y pagos del Impuesto de Sellos que se debían concretar en forma presencial en Oficinas de la Dirección Provincial de Rentas. Quedan excluidas las que competen a los Agentes de Retención, Percepción y Recaudación de Sellos, así como otro tipo de liquidación y pago del referido impuesto, que puedan realizarse en forma electrónica a través del sitio web.
Relativo al Impuesto Inmobiliario se considerará en término el pago del 7º anticipo del periodo fiscal 2020 hasta el 03/08/2020.
Además, la misma resolución suspende los plazos que estuvieren corriendo para cumplir con requerimientos, presentar descargos y/o contestar vistas en los procesos de determinación de oficio iniciados, que contaban con vencimientos entre el 22/07/2020 y hasta el 03/08/2020.
En cuanto a las audiencias fijadas con anterioridad, dentro de las fechas en que el Organismo permanezca sin atención presencial, serán reprogramadas y notificadas oportunamente.
En la contingencia sanitaria actual, para realizar trámites se recomienda a los contribuyentes utilizar los servicios web disponibles en www.rentasjujuy.gob.ar, opciones “Acceso con clave Fiscal” y “Servicios web sin Clave Fiscal”. También desde allí se puede combinar con los medios de pago electrónicos disponibles como “pagomiscuentas”, “interbanking”, “visa débito online”, “visa crédito online”, entre otros.
Algunos de los servicios disponibles con clave fiscal son: “Presentación y pago de Ingresos Brutos SIDEJU Web”, “Certificado de Pago Web” (libre deuda), “Impresión y pago de Boleta Inmobiliario”, “Solicitud de Exenciones Inmobiliario”, “Liquidación y pago de Tasa de Justicia”, “Adhesión a la Moratoria vigente”, entre otros.
Entre los servicios sin clave fiscal, se encuentran disponibles: “Generar Liquidación de Impuesto Inmobiliario”, “Constancia de Inscripción Ingresos Brutos”, “Consulta de Exenciones Inmobiliario e Ingresos Brutos”, “Liquidación Tasa Retributiva Boletín Oficial”, “Liquidación Recursos No Tributarios” (regalías mineras, blanqueo jubilados provinciales, depósitos en garantía, etc.), ”Liquidación Tasa de Justicia”, etcétera.
Por más información, los interesados pueden consultar en el sitio web del Organismo www.rentasjujuy.gob.ar, en el cual se encuentran las direcciones de correo electrónico oficiales donde realizar consultas según el trámite a realizar. También por redes sociales Facebook, Twitter e Instagram.