Proyecto de prevención de la ludopatía, motorizan en Perico

El proyecto de prevención de la Ludopatía a implementarse en Perico, pasó a las comisiones de Asuntos Institucionales  y Asuntos Sociales del Concejo Deliberante.

 
El autor de la iniciativa, concejal Luciano Demarco, fundamentó que el negocio de los tragamonedas ha tenido un crecimiento exponencial. Con este proyecto de ordenanza no se busca perjudicar inversiones de empresarios privados o emprendedores que se encaminan en el rubro del juego, sino regular una actividad a los efectos de defender los derechos ciudadanos, que muchas veces se ven manipulados con ciertas tácticas por parte de la ingeniería que se crea alrededor de este rubro, como por ejemplo: no colocar relojes en los casinos, ubicar cajeros automáticos dentro ellos, tentando al jugador compulsivo a gastar su digno sueldo, no advirtiendo situaciones negativas que acarrea el juego desmedido
 
Recordó que “hace un mes, las Comisiones de Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico, Acción Social y Salud Pública, Finanzas, Presupuesto y Hacienda del Congreso de la Nación, conformadas con distintos Diputados Nacionales de distintas extracciones políticas, entre ellos Mario Fiad, han considerado varias normativas relacionadas a la Ludopatía como trascendentes, poniéndolas a consideración de todos los miembros”. 
 
Se define como ludopatía la alteración progresiva del comportamiento a través de una inhabilidad para resistir los impulsos de jugar por apuestas. 
 
Mediante este proyecto se propone como autoridad de aplicación de la presente ley la que determine el Poder Ejecutivo Municipal en donde las funciones serán:
 
a) Desarrollar campañas educativas, informativas y de publicidad televisivas, radiales, gráficas e internet.
 
b) Establecer un servicio de atención telefónica gratuita,atendido por personas capacitadas
 
c) Promover la participación de organizaciones civiles en la aplicación de la presente ley y publicar por todos los medios de difusión que dispone la autoridad de aplicación, las medidas llevadas a cabo para cumplir el objeto previsto en la presente ley.
 
e) Crear el Registro Municipal de Autoexclusión.
 
f) Confeccionar los formularios del Registro Municipal de Autoexclusión y garantizar el cumplimiento de la distribución y disponibilidad de los mismos en las salas de juego de azar y otras entidades habilitadas para su recepción. Como así también material informativo sobre la nocividad del juego compulsivo. j) Arbitrar medidas que alienten a los actores de la industria del juego a promover una gestión responsable del juego, la cual incluye, entre otras buenas prácticas, el diseño de entornos de juego no adictivos, la protección de personas en riesgo, la fijación de límites a las apuestas y los controles al consumo abusivo de alcohol y tabaco en las salas de juego. 
 
Consultado el concejal Luciano Demarco sobre el proyecto de su autoría,  subrayó:  “el proyecto propone la difusión e institucionalización de un mensaje sanitario en todas las salas de juego, exhibir el número de línea gratuita de asistencia, prohibición de los pagos de crédito y débito en las salas de juego”….. “además se cobraran infracciones al incumplimiento de la presente ley a través de multas. El producido de las multas se destinará a la prevención de la Ludopatía y a sustentar gastos provenientes del BEGU (Boleto Estudiantil Gratuito Universal)”
 
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