Ante el alto índice de morosidad que registran contribuyentes, en el ámbito de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, está en vigencia por sesenta días, el Régimen Especial, Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones, con quitas importantes del 70%.
Al respecto, el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, CPN Juan Carlos Abud precisó “a partir del 1 de julio está vigente un nuevo Régimen de Facilidades de Pago destinado a Faltas y Contravenciones que tienen los contribuyentes con el municipio”.
En cuanto a la extensión de esta moratoria, el funcionario aclaró “se extenderá por sesenta días, se fijaron descuentos importantes del 70%, que se puede hacer directamente por la página web del municipiowww.rentasmunijujuy.gob.ar o por las bocas de pago que tiene la comuna”.
Sobre las cajas de cobro, Abud Robles señaló “principalmente la de calle Otero, la del edificio central en Avenida El Éxodo, en horario corrido, hasta las 17,00 hs. en horario de invierno, en el “4 de Junio”, en la planta alta del Mercado de Concentración y Abasto y en las cajas recaudadoras de la Delegación de Alto Comedero”.
“Esta operatoria está en todo el sistema -destacó el profesional de la Economía- en todas las bocas de pago que tiene el municipio capitalino, donde se puede abonar este beneficio, tanto en este mes como en agosto venidero”.
Sobre esta quita importante que beneficia sustancialmente a los vecinos del ejido capitalino resaltó el Secretario de la Cartera de Hacienda “realmente consideramos que son muchas las multas que tenemos en el Juzgado de Faltas, por eso desde el Concejo Deliberante se decidió llevar adelante esta moratoria, con marcados beneficios para reabrir esta operatoria por sesenta días”.
“Por ello también instamos a los vecinos a acceder a este plan vigente, que se sancionó en los primeros meses de este año, por el tema residuos, que también es importante e invitamos a los contribuyentes a regularizar sus deudas con el municipio, con estos importantes descuentos que se otorgaron.
Sobre el Régimen Especial, Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales, para obligaciones no tributarias de competencia del Juzgado de Faltas, se incluyen todas las Faltas y Contravenciones cometidas hasta el 31 de mayo del presente año, se encuentren o no en trámite administrativo o judicial a la fecha de la sanción de la Ordenanza 6756/2015 (18 de Junio de 2015).
El plazo que tendrán los contribuyentes para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza será de sesenta (60) días corridos a computarse desde la promulgación de esta norma.
Los contribuyentes que se acojan al presente Régimen, deberán abonar sus obligaciones de contado, pudiendo gozar de los siguientes beneficios: a) Causas en trámite administrativo: quita del 70% del monto mínimo previsto para cada especie de infracción. b) Causas con sentencia en procedimiento administrativo: quita del 70% del monto mínimo previsto en la misma y condonación total de intereses.
c) Causas en trámite de apremio judicial: Quita del 70% del capital reclamado, honorarios y acrecidas y condonación total de intereses.
Por deudas de faltas y contravenciones superiores a diez mil pesos ($ 10,000.-) previa aplicación de los beneficios establecidos en lo estipulado anteriormente, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá realizar convenios de financiación en cuotas mensuales.
El incumplimiento de pago, en término de tres (3) cuotas, dará lugar a la caducidad de los beneficios previstos en la moratoria y financiaciones previstas en la presente.
Solo para el caso del estacionamiento tarifado, por contravenciones referidas a tarjetas de estacionamiento vencidas o ausencia de tarjetas, se establece el pago de un monto fijo de Pesos Cien ($ 100.oo.-) para cada una de ellas durante la vigencia del presente Régimen.
El acogimiento optativo a este Régimen implica, respecto a las faltas regularizadas, el allanamiento liso y llano a la pretensión fiscal y la renuncia expresa a toda acción o derecho que pudiera corresponder.
El Deliberante Capitalino autoriza la Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar el presente Régimen por igual plazo. Durante la prórroga los beneficios otorgados no excederán los siguientes porcentajes: a) Causas en trámite administrativo: quita del 60% del monto mínimo previsto para cada especie de infracción.
b) Causas con sentencias en trámite administrativo: quita del 60%
del monto mínimo previsto en la misma y condonación del 60% de intereses. c) Causas en trámite de apremio judicial: Quita del 60% de intereses.