Ampliaron disposición respecto al traslado de niñas, niños y adolescentes con progenitores no convivientes, los cuales podrán hacerlo hasta el domicilio de su madre, padre o referente afectivo.
Cabe resaltar que solo podrá realizarse cada siete (7) días portando la declaración jurada, aprobada por la Resolución N° 132/20 o permiso de Circulación Provincial.
La titular de la Secretaría de Niñez adolescencia y Familia, Claudia Choque, destacó que el permiso es válido siempre y cuando se priorice el interés superior del niño, niña o adolescente, para resguardar sus vínculos afectivos y exista un acuerdo previo entre los progenitores de carácter voluntario o bien un Convenio Judicial homologado de Régimen Comunicacional.
La Fiesta de la Música, organizada por la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, ofrece…
El circuito callejero de Las Vegas no solo trajo desafíos técnicos para los pilotos de…
Su relación con el colesterol lo convirtió en un alimento temido, pero estudios recientes lo…
El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, presentó una denuncia y solicitó a la…
Un accidente de tránsito ocurrido el miércoles al mediodía en el Túnel Subfluvial Raúl Uranga-Carlos…
Un choque fatal en la Ruta Transchaco, en Paraguay, dejó como saldo un conductor fallecido…