Reintegro del 15% a las compras con tarjeta de débito: cómo chequear online si podés acceder

Es una ayuda para jubilados, pensionados y titulares de planes, pero no alcanza a todos. En qué locales se aplica y cómo aprovecharla

En la pelea diaria contra la inflación, que no da señales de bajar, la tarjeta de débito puede ser un gran aliado. El motivo es que a muchos pagar de esa manera les permite recibir una devolución del 15%.

Por ejemplo, tras una compra de $ 5.000, el reintegro es de $ 750. Y luego de gastar $ 8.000 con débito para llevar mercadería al hogar, se recuperan $ 1.200.

Esto en farmacias, supermercados, minimercados, almacenes, kioscos, carnicerías, granjas, pescaderías, verdulerías, panaderías y otros comercios minoristas y mayoristas que venden productos de primera necesidad a consumidores finales.

El beneficio, surgido de la ley de emergencia 27.541 y recientemente extendido por la AFIP hasta el 30 de junio de 2022, no es para todos, sino que apunta a aliviar a sectores muy vulnerables, como los adultos mayores de menores ingresos y los titulares de planes sociales.

¿Quiénes son los que pueden acceder al reintegro y con qué límites?

Los reintegros, aplicables a compras con débito y también a pagos con códigos QR, son exclusivamente para:

-Jubilados que cobran el haber mínimo (hoy de $ 29.061).

-Pensionados por fallecimiento que cobran la mínima.

-Beneficiarios de pensiones no contributivas nacionales mínimas (por invalidez, vejez, 7 o más hijos, etc.).

-Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

-Titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

La devolución máxima mensual es de $ 1.200 por beneficiario, lo que se logra haciendo una o más compras por $ 8.000. Pero para quienes cobran dos o más asignaciones los reintegros pueden sumar hasta $ 2.400 por mes, tope al que llegarían si gastan $ 16.000 con la tarjeta.

¿Quiénes quedan excluidos del reintegro?

La AFIP aclara que no pueden acceder al beneficio:

-Los jubilados que superen el haber mínimo.

-Quienes trabajen en relación de dependencia o como autónomos

-Monotributistas, salvo los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, al monotributo social y otras excepciones.

-Quienes ​tengan ingresos declarados en el Impuesto a las Ganancias o paguen Bienes Personales por bienes que no son vivienda única.

Paso a paso, ¿cómo consultar online si puedo acceder a los reintegros del 15%?

Ante la duda, cualquier persona puede confirmar por Internet, ante la AFIP y en segundos, si le corresponde el beneficio. Los pasos son:

1. Entrar al sitio web de AFIP que reúne toda la información sobre el beneficio: afip.gob.ar/reintegro.

2. Buscar el recuadro de «Beneficiarios» y apretar el botón de «Consultar».
El formulario que permite verificar si se accede a los reintegros. Imagen: Captura.

El formulario que permite verificar si se accede a los reintegros. Imagen: Captura.

3. Escribir los 11 dígitos de la clave CUIL o CUIT.

4. Copiar el código de seguridad y hacer clic en el botón «Consultar».

Si el CUIT o el CUIL ingresado corresponde a un beneficiario el sistema confirmará que está «incluido». De lo contrario, dirá «no incluido» y habrá una breve explicación sobre el motivo y las vías para reclamar.

¿Los beneficiarios deben hacer algún trámite especial para activar los reintegros?

No. Se acreditan de manera automática, dentro de las 48 horas hábiles, cada vez que la persona hace una compra en comercios de los rubros incluidos. Eso sí, deben usar la misma la tarjeta de débito que les sirve para cobrar cada mes la jubilación, pensión o asignación.

Si se aprovecha el beneficio, los reintegros conseguidos aparecerán en el resumen de la cuenta bancaria con la leyenda “Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541”.

MDG

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