El parlamento porteño sancionó por unanimidad una norma que prohíbe a los comercios establecer diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjetas de débito o crédito.
La ley, que se unificó en base a un proyecto del legislador Helio Rebot (PRO) y otro de la Defensoría del Pueblo, consigna en su art. 1º la obligación "de todo proveedor de bienes y servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relaciones deconsumo, a no efectuar diferencias de precios entre operaciones al contado y con tarjeta de crédito o débito, excepto cuando tal diferenciación –a través de promociones o descuentos específicos– sea efectivamente favorable al consumidor o usuario, debiendo exhibir el precio expresado en moneda de curso legal –pesos–, de contado y correspondiendo al importe total y final que deba abonar el consumidor final".
Además, los comercios tendrán que exhibir el precio expresado en pesos, de contado y correspondiendo al importe total y final que deba abonar el consumidor final.
Los locales radicados en la Ciudad de Buenos Aires que trabajen con tarjetas deberán comunicar la existencia de esta ley. Lo harán mediante un cartel que se colocará en un lugar visible, cuyas medidas no deberán ser inferiores a 15 cm de alto x 21 cm de ancho.
También se dispuso que, verificada la infracción, quienes la hayan cometido son pasibles de las sanciones previstas en la leyes nacionales de Lealtad Comercial N° 22.802 y de Defensa del Consumidor Nº 24.240.
"La intención de esta ley es, por un lado, proteger los derechos de los consumidores –amparados tanto por la Ley Nacional 25.065 como por la local 4.827 y por el otro, permitir que los comercios puedan efectuar sus prácticas de promociones o descuentos que favorezcan a quien hace una compra", señaló el diputado Rebot en un comunicado de prensa.
El proyecto fue aprobado este jueves durante la sesión ordinaria de la Legislatura porteña, con 56 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.