El Compre sin IVA continuará vigente hasta el 31 de diciembre. En un contexto de alta inflación es importante para cada consumidor saber si está alcanzado por el reintegro.
El denominado “Compre sin IVA” continúa vigente hasta fin de año, iniciativa por la cual el Gobierno busca compensar parte del impacto inflacionario que generó la devaluación posterior a las PASO de agosto pasado. La política busca aliviar la presión fiscal sobre los consumidores de menos ingresos a partir de la devolución 21% en compras de productos esenciales con tarjeta de débito, equivalente al IVA que cargan esos artículos, fue reglamentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El tope de devolución mensual es de $18.800 y la acreditación se realiza directamente en la cuenta del beneficiario dentro de las 48 horas posteriores a la transacción. En un contexto de alta inflación es importante para cada consumidor saber si está alcanzado por el reintegro para aliviar el golpe al bolsillo de los incrementos de precios. Según datos oficiales hasta la semana pasada había más de 23,5 millones de personas habilitadas.
Guía paso a paso para saber si se califica para la devolución de IVA:
Paso 1: Acceder al sitio web de la AFIP
Para determinar si uno es elegible para el reembolso, la AFIP ha habilitado un sitio web especial. Puede acceder a este sitio buscando “Compre sin IVA – AFIP” en Google y haciendo clic en “nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros” o ingresando directamente al enlace proporcionado por la AFIP (https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx).
Paso 2: Ingresar Información Personal
Una vez en el sitio, deberá ingresar su CUIL o CUIT sin guiones ni espacios en el cuadro correspondiente. Luego, copie un código de seguridad que se le proporcionará en la página. Es crucial respetar las mayúsculas y minúsculas al copiar este código.
Paso 3: consultar
Después de ingresar la información requerida, haga clic en “consultar” para verificar si es elegible para el reembolso.
¿Qué negocios devuelven el IVA?
Según detalló AFIP en la reglamentación del “Compre sin IVA”, los comercios minoristas y mayoristas deberán estar inscriptos en la página del organismo recaudador con los códigos de actividad definidos para el programa. Podrá verificar la actividad económica declarada por el comercio, ingresando su CUIT en la “Consulta de inscripción”.
En concreto, el reintegro se puede aprovechar en 25 diferentes actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.
¿Cómo hay que pagar para que devuelvan el IVA?
La devolución solo se aplica al pagar con tarjeta de débito que utiliza fondos de una cuenta bancaria. Están incluidas las tarjetas de los planes Alimentar y Potenciar Trabajo.
No son válidas las tarjetas de crédito ni las tarjetas prepagas vinculadas a billeteras virtuales con CVU, como Mercado Pago o Ualá. No están contemplados las compras que se utilicen con fondos depositados en este tipo de cuentas
A fines de septiembre el Banco Provincia anunció la incorporación de su billetera digital, Cuenta DNI, a los instrumentos que se pueden utilizar para abonar obteniendo la devolución del impuesto.
¿Hasta cuándo dura la devolución del IVA?
El “Compre sin IVA” continuará vigente hasta el próximo 31 de diciembre, según la reglamentación de la medida que firmó AFIP. El ministro de Economía, Sergio Massa, impulsa en el Congreso un proyecto para que se mantenga en 2024 el programa de reintegro en tarjetas de débito.
A la hora de intentar utilizar el beneficio, es importante estar dentro de las 23,5 millones de personas habilitadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Requisitos para acceder a la devolución del IVA
En cuanto al universo de beneficiarios, abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores formalizados es de $876.000 y de $524.758,56 para los jubilados. También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.
Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
Cómo reclamar a AFIP si no me devuelven el IVA
Las personas que no recibieron la devolución del IVA 48 horas después de la compra pueden iniciar el trámite del reclamo ante la AFIP de manera virtual en la web oficial del organismo.
El ente recaudador le pedirá datos personales, y los contribuyentes tendrán espacio para explayarse sobre los detalles del reclamo. Además del formulario del Programa de Asistencia al Usuario, la AFIP dispone de una línea telefónica (0800-9992347), a la que se puede llamar de 9 a 16 de lunes a viernes.