Se trata de una medida establecida en el Código Fiscal a raíz de la disposición incorporada por la ley 6257, que otorga la exención de pago del componente provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a los monotributistas sociales provinciales a partir del periodo 2022.
El beneficio contempla a la franja de contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, que se encuentran registrados en el Monotributo Social ante la AFIP, y que en la práctica forman parte del Régimen Simplificado Provincial.
La misma se dispuso como un alivio fiscal al sector dado el contexto económico actual.
Los sujetos comprendidos no deben realizar ningún trámite adicional para obtener el beneficio, ya que el mismo se aplica en forma automática y se encuentra reflejado en la cuenta corriente de contribuyentes monotributistas y autónomos (CCMA).
La Comisión de Bosques Nativos del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) mantuvo una reunión…
La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) anunció la reprogramación de los partidos previstos para este…
L-Gante volvió a convertirse en tendencia, esta vez por una inesperada solicitud económica dirigida a…
A menos de un año de iniciar su relación con el presidente Javier Milei, Amalia…
En 432° aniversario de la fundación de San Salvador de Jujuy, el presidente del Concejo…
La comunidad católica de Jujuy se reunirá este lunes por la noche en la Basílica…