Especialistas argumentan que quien consiga una vivienda en estos momentos pueda hacer el acuerdo de locación en las condiciones vigentes hasta tanto no se aclare el panorama y se sancione un nuevo esquema normativo.
Por: José Luis Cieri
Son horas agitadas las que atraviesa el mercado inmobiliario argentino luego que circulara en ámbitos oficiales el avance de un plan para suspender la polémica Ley de Alquileres que entró en vigencia en julio de 2020, tal como adelantó Infobae. Hay incertidumbre aun porque las cámaras inmobiliarias no han recibido aún ninguna comunicación oficial al respecto. Pero lo cierto es que los inquilinos y propietarios deben seguir adelante y firmar los acuerdos para que asegurarse un techo donde vivir.
¿Qué tiene que saber quien está por firmar hoy un nuevo contrato o la renovación del que ya tiene? La realidad es que independientemente de la posible suspensión de la Ley de Alquileres y que por 180 días se realicen acuerdos como eran antes de la normativa (se habla que serían a dos años e indexados semestralmente y los precios se pactarían libremente entre partes) lo concreto es que aún rige el plazo de 3 años y el ajuste anual según el Índice de Contratos de Locación (ICL).
Emilio Caravaca Pazos, presidente de la Federación Inmobiliaria de la República Argentina (FIRA), dijo a Infobae: “Hemos pedido información al Gobierno nacional, al Ministerio de Economía y a otros organismos. Y todavía no hemos recibido nada. Creemos que hay que tener prudencia y estamos expectantes ante el anuncio que puede generar esta cuestión de la suspensión de la Ley de Alquileres”.
Expertos sugieren que el inquilino debe seguir adelante con la operación por el alquiler de la vivienda. Siempre que lo consiga: hay un gran escasez de propiedades para alquilar que las inmobiliarias registran tanto en la ciudad de Buenos Aires como en La Plata, Mar del Plata, Rosario, Córdoba, Mendoza o Resistencia, entre muchas otras ciudades de todo el país.
En las inmobiliarias hay listas de espera de interesados en alquilar y lo poco que se publica a un precio razonable y en pesos, se alquila en el mismo día en que comienza a ofrecerse. Para muchas familias, la búsqueda puede durar varios meses.
“Ante este panorama les aconsejo a los inquilinos que si logran acordar por una vivienda que lo hagan bajo la norma actual hasta que se decida lo contrario. Creo que tienen que seguir adelante. Son noticias impulsivas y esperar la resolución no es grato. Recomiendo que sigan adelante con el inmueble que tanto trabajo les ha costado conseguir”, dijo a Infobae Mirta Líbera, presidenta de la Cámara Inmobiliaria de la Provincia de Buenos Aires (CIBA).
En cuanto a quienes tienen el contrato a la firma, por el momento nada cambió. Daniel Bryn, analista de Monitor Inmobiliario, explicó que “si el inquilino ya hizo una reserva por el inmueble, debe prestar atención para que se respeten esas condiciones siempre y cuando el propietario las haya aceptado. Y si vio un departamento o casa en estos días, que pida los requisitos que propone el dueño para no quedar en un limbo, y para que el inquilino no se quede sin la vivienda”.
Quien se dispone a firmar un contrato de alquiler hoy tiene que saber que las condiciones no han variado: el plazo es de 3 años, por lo cual su acuerdo concluirá en abril de 2026, para firmar el el inquilino debe abonar 1 mes de adelanto y 1 mes de depósito y el ajuste se hará de manera anual en base al Indice de Contratos de Locación (ICL) que publica el Banco Central en su web. Por otra parte, tendrá que presentar una garantía y sus últimos 4 ingresos percibidos con recibos de sueldo.
“Estamos en un tiempo de absoluta incertidumbre. Por un lado se habla que van a suspender la Ley de Alquileres, por otro que la van a derogar y obviamente cambiar. El primer caso es un disparate jurídico al hacerlo por DNU porque se produciría lo que en derecho se conoce como anomia (falta de ley). Al hacer la ley que se sancionó en 2020 hay varios artículos del del Código Civil y Comercial del capítulo de las locaciones que fueron anulados. Ya está derogado el que dice a dos años plazos y ahora es a tres. Todo trae confusión, y hacerlo por DNU está cerca de lo anticonstitucional”, explicó Enrique Abatti, abogado y especialista en derecho inmobiliario y presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.
Ya hay un dictamen de minoría y otro de mayoría en el Congreso nacional del año pasado que no se terminó de convenir después de tantas idas y vueltas.
“Estamos en contra de un DNU; lo que corresponde es que la ley la trate el Poder Legislativo, como corresponde. Y esto sólo está trayendo problemas en el sector, tanto para inquilinos como propietarios, y los inmobiliarios también. Hasta que no salga otra Ley por el Congreso, les sugerimos a los inquilinos que todo sigue igual y sigan haciendo los acuerdos como establece la normativa que se sancionó en 2020″, concluyó Abatti.