Desde el martes último, al entrar en la página de la AFIP muchos monotributistas se encuentran con que se les informa que tienen una deuda con el fisco, por el reajuste de los montos de los aportes mensuales con efecto para todo 2021, es decir, desde el inicio mismo del año.
Por Silvia Stang
LA NACION
¿Por qué aparecen los saldos deudores?
El origen del problema se ubica varios meses atrás. Según una ley que rige desde 2018, los montos de las facturaciones máximas de cada categoría y de los importes a pagar cada mes por los monotributistas deben reajustarse en cada mes de enero en el mismo porcentaje en que subieron los haberes jubilatorios del sistema de la Anses en el período anual previo. En el primer mes de 2020, por ejemplo, los números de la tabla habían aumentado 51,1%, porque esa fue la suba acumulada de las jubilaciones en 2019.
El problema para hacer la actualización de 2021 fue que durante 2020, por una decisión política, no rigió ninguna fórmula de movilidad automática para los haberes previsionales. Y los aumentos que se dieron por decretos y de manera discrecional (una estrategia con la cual el presidente Alberto Fernández concretó un ajuste a la baja de los ingresos jubilatorios) no resultaron iguales para todos los pasivos.
Por eso, el Gobierno decidió que el reajuste se hiciera siguiendo el nivel de incremento que recibió un grupo de jubilados, los que cobran el haber mínimo (que fue de 35,3%), y que eso quedara establecido por una ley del Congreso. Pese a que la incertidumbre sobre el tema ya existía desde inicios de 2020, el Poder Ejecutivo recién envió un proyecto el 31 de diciembre. Luego, pasó el período de sesiones extraordinarias del Poder Legislativo y, aunque el tema estaba en la lista, no fue considerado. Finalmente, el texto fue aprobado el 8 de abril. El 25 de mayo se conoció un decreto reglamentario y, finalmente, la resolución de la AFIP para poner en marcha los cambios se firmó el 31 de mayo por la noche.
Así, pasaron cinco meses de 2021 y recién ahora se oficializaron los nuevos montos vigentes para todo el año en el sistema impositivo simplificado. La propia ley votada por el Congreso indica que los nuevos valores de la tabla tienen vigencia de desde enero pasado.
Mientras tanto, ya se pagaron cuatro meses que debieron haber tenido el monto actualizado (pero no lo tuvieron por lo explicado en los párrafos anteriores). Entonces, ahora la AFIP pretende cobrar montos que deberían equivaler a la diferencia entre los importes actualizados de la nueva categoría asignadas a cada contribuyente (la recategorización la hizo el propio organismo) y los que fueron efectivamente abonados. Por la combinación entre el cambio de categoría, que puede ser para arriba o para abajo- y la modificación de los montos, pueden surgir saldos a favor o deudas.
Las categorías asignadas por la AFIP pueden ser modificadas por cada monotributista y, para eso, hay tiempo hasta el 25 de junio. En no pocos casos ya se detectó que la reubicación estuvo mal realizada por parte del organismo.
¿Qué pasa con las deudas que estuvo informando la AFIP?
El martes, cuando se publicaron los valores actualizados de la tabla del monotributo, muchos contribuyentes vieron un saldo a su favor, en letras verdes, o a pagarle al fisco, en letras rojas. Sin embargo, esos números provenían de cuentas hechas erróneamente y luego fueron corregidos.
Aún así, en las últimas horas se vieron en varios casos datos de deudas informadas por la AFIP (tras hacer correcciones) que no se condicen con las diferencias reales. Y, además, hay que tener en cuenta que cada monotributista puede modificar hasta el 25 de este mes la ubicación que la AFIP le asignó en la tabla, lo cual modificaría el monto de la deuda.
De hecho, fue llamativo que ya desde el 1° de junio se consignaran en la página de la AFIP saldos de los contribuyentes, cuando la propia resolución 5003, la firmada el lunes último, indica que esos datos podrán consultarse a partir del 1° de julio próximo. A esa desconexión entre la letra de la normativa firmada por la titular de la AFIP y lo que se hizo en la práctica desde el propio organismo, se sumó que los números publicados eran (y siguen siendo en muchos casos) erróneos. Todo sumó para el desconcierto de los monotributistas.
¿A cuántos meses deberían corresponder las diferencias reclamadas y a qué montos llegan?
Los aportes actualizados rigen desde los pagos hechos en febrero. Por lo tanto, hasta ahora se abonaron (en caso de haberse cumplido en todos los períodos) cuatro cuotas mensuales del monotributo, pese a que en muchos casos se pudo constatar que la AFIP multiplicó por cinco las diferencias mensuales entre el aporte de la nueva categoría y el monto que se pagó.
Por ejemplo, alguien que estaba y se mantiene en la categoría A, pagó por los vencimientos ocurridos entre febrero y mayo $1955,68 mensuales; ahora el importe es de $2646,22 y, por tanto, la diferencia mensual llega a $690,54 y el saldo deudor, a $2762,16 si se pagaron cuatro meses. Si alguien pasó de la categoría B a la A, tendrá una diferencia, por cada mes, de $459,42. Y a quien estaba y sigue en la categoría K, le reclamarán $5196,33 por mes ($20.785,32 por cuatro meses).
En cambio, si un monotributista del sector de servicios estaba hasta ahora en la categoría E, pagando $3872,18 por mes, y ahora fue reubicado (dado el nivel de sus ingresos) en la C, que tiene un importe a pagar, ya actualizado, de $3382 le quedará un saldo a su favor por cuatro meses de $1958,24.
¿Cuál es el plazo para pagar y qué opciones de financiamiento hay?
Según la resolución 5003 de la AFIP, el vencimiento será el 20 de julio. Y la deuda definitiva, en todo caso, podrá consultarse desde el 1° de julio (por lo que indica la normativa, como ya se explicó unos párrafos más arriba). El pago podrá hacerse en hasta 20 cuotas, aunque en muchos casos ese número será menor porque cada pago debe ser no inferior a $500. Ese plan de facilidades tiene una tasa de interés por financiamiento de alrededor de 3%.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le envió a la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, una nota en la que le piden reconsiderar la decisión de cobrar las diferencias de aportes de manera retroactiva y que, en caso de seguir con la medida, eliminar por lo menos ese costo por financiamiento en los planes de pago en cuotas.
Silvia Stang
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