Además de la pena de cárcel, la Audiencia Provincial de Barcelona impuso a Alves 5 años de libertad vigilada tras su liberación, junto con una indemnización de 150.000 euros para la víctima por daños morales y lesiones, y una multa de 9.000 euros por lesiones menores.
Además, se le prohibió comunicarse con la denunciante en cualquier medio y acercarse a ella a menos de 1.000 metros, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat).
El tribunal encontró probado que Alves, en un baño privado de la discoteca, agredió sexualmente a la denunciante, ignorando su negativa y empleando violencia para consumar el acto. La sentencia subraya que la agresión sexual puede ser demostrada sin necesidad de lesiones físicas o una resistencia heroica por parte de la víctima, y señala la presencia de lesiones en la víctima como evidencia de la violencia ejercida.
Respecto al testimonio de la denunciante, el tribunal destacó su coherencia y persistencia, respaldada por otras pruebas que corroboran su relato. Se mencionan también evidencias periféricas, como las lesiones en la rodilla de la víctima, su estado de ansiedad posterior al incidente y las secuelas emocionales que sufrió.